Si eres autónomo y nunca has hecho la Declaración de la Renta, o no estás al tanto de las últimas novedades para presentarla este año, te dejamos la guía definitiva
Llega ese momento del año en el que debes rendir cuentas a Hacienda sobre nuestra actividad laboral del año anterior. La Declaración de la Renta es el documento que recoge el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y recoge, entre otras cosas, los ingresos de un trabajador a lo largo de un año.
La realidad del asunto es que no todas las personas que desempeñan una actividad profesional deben presentar la declaración, y tampoco de la misma forma. Esta diferencia sucede entre una persona que trabaja para una empresa y una persona que está dada de alta y ejerce su trabajo como autónomo.
La Declaración de la Renta de un autónomo funciona como un resumen de sus ingresos y su actividad, de forma que el Estado pueda llevar un control correcto de los impuestos y del dinero recaudado a lo largo de ese ejercicio fiscal. La Declaración de la Renta de un autónomo se diferencia de la de los trabajadores asalariados ya que en la de los autónomos se incluyen muchos más datos. Aunque tú, como autónomo, tienes completo derecho de llevar tu propia contabilidad, es aconsejable que cuentes con asesoría profesional, ya que al momento de hacer la Declaración de la Renta puede haber pequeños errores que se traduzcan en una sanción por parte de Hacienda.
¿Los autónomos están obligados a hacer la Declaración de la Renta?
La respuesta es sí, pero con una excepción. Legalmente, cualquier autónomo que haya recibido rentas que estén sujetas al Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, conocido como IRPF, está obligado a hacer la Declaración de la Renta. Esta condición excluye a un perfil de autónomo, que es aquel que haya tenido rentas inferiores a 1.000 euros y pérdidas patrimoniales inferior a 500 euros, sea en tributación conjunta o individual.
Es decir, si tú eres un autónomo que a lo largo del año no ha percibido más de 1.000€, no hace falta que presentes la Declaración de la Renta. Por el contrario, todos aquellos autónomos que a lo largo del ejercicio pasado hayan generado ganancias mayores a 1.000 euros, sí están obligados a presentar la Declaración de la Renta.
¿Cómo presentar la Declaración de la Renta si eres autónomo?
Una vez sepas identificar si debes o no debes presentar la Declaración de la Renta, es importante que identifiques los distintos pasos a seguir y fechas clave:
- La campaña de la Renta 2018 empezó el día 02 de abril y termina el día 01 de julio. Puedes presentar la Declaración de la Renta vía Internet a través de la propia página web de la Agencia Tributaria, por teléfono, en persona e incluso a través de su aplicación móvil.
- Como autónomo, deberás de computar todos tus ingresos y gastos deducibles para poder incluirlos en tu Declaración de la Renta. Es importante que recuerdes que independientemente de tus ingresos, estás obligado a presentarla por el simple hecho de que llevas a cabo una actividad económica, a excepción del caso que te comentamos previamente, y es si no superas los 1.000 euros en todo el año.
- Si eres un autónomo que trabaja desde casa, al momento de hacer la Declaración de la Renta, puedes deducirte hasta un 30% en los gastos de tu vivienda, como agua, electricidad, Internet y telefonía, sobre la parte proporcional de los metros cuadrados en los que desempeñes tu trabajo. Adicionalmente, como autónomo, puedes deducirte hasta 11 euros al día en manutención, siempre y cuando lo acredites y haya constancia de que realizaste estos pagos de manera electrónica.
- Al momento de presentar la Declaración de la Renta deberás de computar los siguientes ingresos:
- Ingresos de explotación: Los ingresos obtenidos por medio de la actividad por la que te has dado de alta en el modelo 037.
- Autoconsumos de bienes y servicios: Entregas de bienes o prestaciones de servicios que se realizan a favor del titular de la actividad o su familia.
- Transmisión de elementos patrimoniales: Si como autónomo vender algún elemento afecto a la actividad. Los bienes afectos son aquellos por los cuales obtienes una ganancia.
- Otros ingresos: Son todos aquellos ingresos, como subvenciones obtenidas para el desarrollo de tu actividad profesional o subvenciones para adquirir algún bien que te ayude a realizar tu actividad laboral.
- Debes tener en cuenta las siguientes fechas claves para poder presentar tu Declaración de la Renta exitosamente:
- El día 22 de abril deberás presentar los siguientes modelos:
- Modelo 111 del primer trimestre de 2019
- Modelo 115 del primer trimestre de 2019
- Modelo 303 del primer trimestre de 2019
- Modelo 349 del primer trimestre de 2019
- Modelo 130 del primer trimestre de 2019
- Modelo 131 del primer trimestre de 2019
- Modelo 202 pago fraccionado del Impuesto de Sociedades
- 30 de abril: Modelo 179 del primer trimestre de 2019
- 14 de mayo: Empieza la campaña de la Renta 2018 para presentarla presencialmente
- 01 de junio: Termina la campaña de la Renta 2018 para aquellos que domicilien el resultado de su declaración
- 01 de julio: Fin de la campaña de la Renta 2018
- 31 de julio: Modelo 179 del segundo trimestre de 2019
Además, debes de tener en cuenta las ayudas especiales por cada Comunidad Autónoma. Si tienes alguna duda sobre deducciones o los formularios que tienes que rellenar y presentar al momento de hacer la Declaración de la Renta, puedes consultarlo todo en el menú de ayuda de Renta Web.
Como últimos puntos, asegúrate antes de enviar la Declaración de la Renta que todos tus datos están correctos (datos fiscales, censales y tu código IBAN de tu cuenta bancaria). Recuerda que te ha salido a “devolver”, significa que Hacienda te devolverá dinero y si te sale a “ingresar”, significa que eres tú el que debe pagar a Hacienda.