Para paliar las consecuencias de la alta inflación registrada el año pasado y compensar la pérdida de poder adquisitivo, el Gobierno aprobó un aumento del salario mínimo interprofesional (SMI) del 8 % para 2023, llevándolo a los 1.080 euros.
El salario mínimo interprofesional (SMI) es la retribución que legalmente puede recibir cualquier trabajador por cuenta ajena, tanto los fijos como los eventuales o temporeros así como el personal al servicio del hogar familiar. En consecuencia, cualquier contrato de trabajo que no lo respete es considerado nulo o ilegal. De tal forma, debe entenderse como una garantía de ingresos mínimos para todos los trabajadores.
Corresponde a una jornada ordinaria de trabajo de 40 horas semanales. Por lo tanto, para asalariados con jornada reducida debe calcularse proporcionalmente; para los de tiempo parcial es la mitad del valor normal, mientras que para personal doméstico se calcula el valor
prorrateado por hora. En el salario mínimo se computa únicamente la remuneración en dinero, es decir, que no puede compensarse con otro tipo de retribuciones, como tickets para comida o vales para combustible.
El Gobierno lo regula anualmente: fija la cantidad por Real Decreto, de acuerdo a lo establecido por el Estatuto de los Trabajadores, aunque puede revisarse semestralmente si no se cumplen las previsiones oficiales sobre el Índice de Precios de Consumo (IPC).
Para determinar su valor, realiza consultas con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, como la Unión General de Trabajadores (UGT), Comisiones Obreras y la Confederación Española de Organizaciones Empresariales. Además, se toman en cuenta los siguientes indicadores:
- El Índice de Precios al Consumo;
- La productividad media nacional alcanzada;
- El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional;
- La coyuntura económica general.
El salario mínimo para 2023
El Consejo de Ministros del 14 de febrero ha aprobado una subida del SMI del 8 %, elevándolo de los 1.000 euros a 1.080 euros brutos mensuales en 14 pagas, para trabajadores con jornada legal completa (40 horas semanales). En cómputo anual, incluidas las pagas extraordinarias, pasa de los 14.000 euros a los 15.120 euros. En caso de estar prorrateadas las pagas extras, serán 12 pagas mensuales de 1.260 euros.
En el caso de las personas trabajadora eventuales, así como en el de las temporeras y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no superen los 120 días, el salario no podrá ser inferior a 51,15 euros por jornada. Mientras que para el personal del hogar que trabaje por horas el mínimo será de 8,45 euros por hora efectivamente trabajada.
El aumento será retroactivo al 1 de enero de 2023, y rige para cualquier actividad en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores.
No se descarta volver a revisarlo hacia mediados del año atendiendo a la evolución de los precios.
El incremento fue pactado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social con UGT y CCOO, con base en las recomendaciones de una comisión asesora convocada especialmente por el gobierno para realizar las estimaciones del SMI. En tanto que la patronal CEOE estuvo ausente en dichas negociaciones por considerar que su propuesta de incremento no fue tenida en cuenta.
El Banco de España no ve mal una subida del SMI, “entendiendo que se dirige a los colectivos más vulnerables, y enmarcándola dentro del pacto de rentas”, comentó Ángel Gavilán, director general de Economía y Estadística del organismo, aunque matizó que “sería necesario desarrollar medidas complementarias para que ayudaran a que, si hay efecto negativo en empleabilidad, tratar de minimizarlo”.
Por su parte, la presidenta del Banco Central Europeo (BCE), Christine Lagarde, había señalado que siguen de cerca la evolución al alza que muestran los salarios en la zona euro, y sus implicancias para las perspectivas de inflación a mediano plazo. Pero también ha destacado que la solidez mostrada por el mercado laboral de la eurozona, donde la tasa de paro se encuentra en mínimos históricos, probablemente respalde salarios más altos.
Mientras que para algunos se trata de una medida para recomponer el poder adquisitivo del salario, en un contexto en el que la media anual de inflación se ubicó alrededor del 8,4 %, otros sostienen que un aumento del SMI contribuye para entrar en una espiral inflacionista.
La evolución del SIM en los últimos años
En lo últimos 50 años, el salario mínimo ha pasado de 21,64 euros brutos mensuales en 1970 a los 1.000 euros actuales, lo que representa un incremento de casi 978 euros, un 4.521 %.
El mayor incremento del salario mínimo registrado durante el período democrático fue en 1978, cuando pasó de 79 a 98 euros (24 %). La segunda mayor subida se registró en 2019: creció 22,3 %, pasando de 750 a 900 euros brutos.
Evolución del Salario Mínimo Interprofesional desde 2003:
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