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Tiempo estimado de lectura | 6 min

Todo lo que debes saber sobre los ficheros de solvencia

02/01/2023

Los ficheros de solvencia patrimonial son registros que recogen los impagos y deudas de las personas consumidoras y se trata de una herramienta de consulta habitual antes de conceder financiación.

Los también llamados registros de morosos o sistemas de información crediticia son listas que registran datos de impago, tanto de personas físicas como jurídicas, sobre deudas dinerarias, crediticias o financieras.

La consulta de estos ficheros es una herramienta habitual de los bancos antes de conceder cualquier tipo de financiación, para determinar los riesgos crediticios. Pero también suelen ser consultados por otro tipo de empresas, desde el momento en que intentamos darnos de alta como clientes o realizar algún tipo de contratación o transacción comercial, sea de financiación, de pago aplazado o de facturación periódica. Por eso, la inclusión en estos registros pude suponer la denegación, desde tarjetas de crédito hasta hipotecas y préstamos, así como incluso el alta en cualquier servicio de suministro, la compra a plazos o los pagos con tarjeta.

Los motivos más habituales por los que los consumidores aparecen en estos registros son el impago de facturas telefónicas o por descubiertos en las cuentas bancarias. Y dado que implican un perjuicio, la posibilidad de inclusión en ellos, es por cierto, una herramienta disuasoria para los impagos.

 

Condiciones para ser incluido en un fichero de solvencia

Sin embargo, para que una persona sea incluida en alguno de estos ficheros deben darse una serie de requisitos:

  • Que los datos hayan sido facilitados por el acreedor o por quien actúe por su cuenta o interés.
  • Existencia previa de una deuda, vencida, exigible, que haya resultado impagada, en la que la cuantía principal sea superior a 50 euros para las personas físicas y de 300 euros para las personas jurídicas.
  • El requerimiento previo del pago a quien corresponda antes de incluirlo en algún fichero
  • Que el acreedor haya informado al afectado en el contrato o en el momento de requerir el pago acerca de la posibilidad de inclusión en dichos sistemas, con indicación de aquellos en los que participe.
  • La entidad que mantenga el sistema de información crediticia deberá notificar al afectado la inclusión de tales datos y le informará sobre la posibilidad de ejercitar los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679 dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la deuda al sistema, permaneciendo bloqueados los datos durante ese plazo. Que no hayan transcurrido cinco años desde la fecha en que hubo de procederse al pago de la deuda o del vencimiento de la obligación o del plazo concreto, si aquella fuera de vencimiento periódico.

Los registros de morosos se rigen por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales, que en su artículo 20 ampara la existencia de estos servicios.

Además de las condiciones básicas mencionadas, el proceso de inclusión en estos listados debe respetar ciertos tiempos de espera:

*No se puede comunicar deudas con menos de cuatro meses de antigüedad.

*El titular del fichero está obligado a comunicar al interesado dentro de los 30 días de recibida la solicitud, y de no hacerlo, estaría cometiendo una falta grave sancionable. Este período brinda la posibilidad, en caso de que la deuda no exista o la cuantía no sea exacta, de que se pueda solicitar las modificaciones pertinentes. El registro a su vez, cuanta con 10 días para verificar la información con el acreedor o quien les ha provisto los datos.

En España existen muchas empresas que se dedican a la gestión de este tipo de listados, pero algunas de las más conocidas y utilizadas son Asnef-Equifax, Experian-Badexcug y RAI. Si una persona ha sido incluida en alguno de ellos puede aparecer en todos o solo en algunos. Para comprobarlo, se puede consultar la web de cada uno o bien utilizar el formulario que ofrece la Agencia Española de Protección de Datos. Pero para ejercer el derecho de acceso debes dirigirte al titular de cada registro ya que al AEPD no posee esa información. Deben responderte en el plazo máximo de un mes.

 

¿Y si no estás de acuerdo?

En el caso de que te reclamen una deuda que no avalas, se puede iniciar un procedimiento ante las Juntas Arbitrales de Consumo; o ante las instancias administrativas competentes (por ejemplo, la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, o si se trata de energía, el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma a la que corresponde el suministro). También tienes el derecho de iniciar una demanda judicial por la vía civil. Hasta que no se resuelva la reclamación o demanda iniciada por esas instancias, la deuda no será cierta y por lo tanto no podrán incluirte en el listado de morosos.

 

¿Cómo salir?

Como ya se ha explicado, en caso de que la deuda no exista o el monto sea inexacto, se puede solicitar las modificaciones enviando las pruebas al acreedor o al responsable del fichero. Este tendrá 10 días para verificar la información con el acreedor o quien les ha provisto los datos.

Cuando lo reclamado es correcto, la forma más fácil y obvia de salir es pagando la deuda. Si bien el responsable de solicitar la supresión de los datos es el acreedor, el deudor también tiene derecho a pedirla directamente, enviando la documentación que acredite la cancelación junto con el DNI. Si en el plazo de 10 días no fue eliminada la información se podrá iniciar una reclamación formal ante la Agencia Española de Protección de Datos.

También es importante saber que algunos ficheros guardan los datos de los clientes como ‘saldo cero’ o ‘pagado’, una práctica que se considera ilegal, ya que una vez saldada la deuda debe desaparecer por completo cualquier información que puede ser perjudicial cuando la persona ya no es morosa.

Aquí te hemos contado los aspectos más generales de estos ficheros de solvencia patrimonial, pero la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) cuenta con un muy completo apartado que responde a las preguntas más frecuentes sobre estos registros y ofrece un formulario para realizar consultas personalizadas.

 

Recuerda que si quieres profundizar tus conocimientos sobre economía y finanzas están a disposición los cursos de Simple Finance, el aula virtual de Santander Consumer Finance, donde podrás aprender de forma fácil y entretenida.

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Aleph

Autor/a: Aleph Comunicación

alephcom.es

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