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Soy autónomo, ¿y ahora qué?: Nuevas cotizaciones de autónomos Emprendimiento Tu Futuro
Tiempo estimado de lectura | 4 min

Soy autónomo, ¿y ahora qué?: Nuevas cotizaciones de autónomos

01/09/2022

Después de siete meses de negociación entre las principales asociaciones de autónomos y el Ministerio de Seguridad Social se ha acordado un nuevo sistema de cotización para los profesionales por cuenta propia. Este nuevo sistema te va a permitir, como autónomo, cotizar a la Seguridad Social dependiendo de tus ingresos reales.

¿Qué es la cuota de autónomo y el nuevo sistema de cotización?

La cuota de autónomo es un pago obligatorio y que todos los autónomos tienen que abonar en concepto de cotizaciones a la seguridad social por jubilación, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Este pago se calcula multiplicando tu base de cotización, o sueldo bruto, por el tipo de cotización y se realiza a mes vencido, es decir, el último día de cada mes.

Este sistema de cotización consiste en un modelo progresivo de cuotas: un autónomo con ingresos bajos tendrá una rebaja en su cuota, mientras que un autónomo con mayores ingresos verá un incremento en la misma.

De esta manera, el sistema va a establecer un total de 15 tramos de cotización. Cada autónomo va a tener que colocarse en función de su previsión de ingresos y dichos datos serán comunicados a la Seguridad Social.

 

¿Cuándo entra en vigor la nueva cotización por ingresos reales?

La reforma del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) entra en vigor el 1 de enero de 2023 y va a contar con un periodo de transición de nueve años, hasta el 2032. Durante este tiempo, se irá revisando el sistema cada tres años llevando a cabo actualizaciones de las tablas de cotización que marcan las cuotas mínimas que cada autónomo tiene que pagar teniendo en cuenta los rendimientos que su negocio obtenga.

Pasado este periodo de transición, las instituciones pertinentes, analizarán el funcionamiento del sistema y se aplicarán las modificaciones que consideren necesarias. En caso de que la reforma funcione, se aplicará un sistema definitivo por el cada autónomo pague la cuota que le corresponda según sus rendimientos.

 

Las nuevas tablas de cotización

El Gobierno propone que la cuota mensual comience en 230 € para aquellos autónomos con un rendimiento inferior a los 670 € mensuales netos. Al año siguiente, esta cuota baja a 225 euros y se reduce a 200 € en el año 2025.

En un segundo tramo encontramos a los trabajadores que cuentan con un rendimiento superior a 670 € e inferior o igual a 900 € netos. Para ellos, la cuota se queda en 260 € el primer año de la incorporación de estas nuevas tablas; y en 250 € y 240 € para los dos años siguientes.

Para aquellos trabajadores por cuenta propia cuyo rendimiento sea superior a los 900 €, pero inferior a 1.166, 70 €; su cuota mensual será en 2023 de 275 €, en 2024 de 267 € y en 2025 de 260 €.

En el tramo número cuatro entrarán aquellos trabajadores con unos ingresos que oscilen entre los 1.177,70 € y los 1.300 € netos al mes. Su cuota será la misma durante los tres primeros años de las nuevas cotizaciones: 291 €.

Como puedes comprobar, con estas nuevas tablas, cuanto mayores sean tus ingresos mayores serán las cuotas que vas a tener que pagar.

 

 

Algunas claves de la reforma de la cuota de autónomos

  • Los autónomos van a poder cambiar su cuota, hasta en 6 ocasiones en un año, teniendo en cuenta la previsión de sus ingresos netos.
  • Las bases elegidas tendrán carácter provisional.
  • En el concepto de rendimientos netos se van a integran el total de los rendimientos anuales que se han obtenido por los trabajadores por cuenta propia en el ejercicio de sus actividades. Esto cambia si eres autónomo societario, en este caso, se tendrá en cuenta la participación en los fondos propios de la sociedad.
  • Se fijan mecanismos de colaboración entre la ITSS y la Administración Tributaria, por si se detectaran diferencias en los rendimientos.
  • Si se prevé que los ingresos van a ser inferiores al SMI en el total del año, se posibilita la elección de base de cotización en una tabla reducida.
  • Se regula la cotización en supuestos de compatibilidad de jubilación, además de una cotización menor para los trabajadores con 65 años.

 

Ante las dudas sobre la reforma de la RETA te recomendamos que te asesores bien sobre este nuevo sistema, imprescindible si eres trabajador por cuenta propia. De esta manera, podrás entender los derechos y deberes que tienes como autónomo y gestionar tus finanzas conociendo las cantidades que deberás aportar.

 

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Autor/a: Aleph Comunicación

alephcom.es

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